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1- VISAS DE NO RESIDENTE EN PANAMÁLas Visas de No Residente se otorgan a aquel extranjero que ingresa ocasionalmente al país, no teniendo ánimo de establecer su residencia, ni de abandonar la residencia del lugar de origen mientras se encuentra en Panamá, debiendo contar, al mismo tiempo, con recursos económicos propios y suficientes para mantenerse mientras dure su permanencia en Panamá, debiendo dejar el país cuando el plazo de su visa expire. Esta visa aplica a Turistas, Pasajeros en tránsito, marinos y a personas que visiten el país por corto tiempo. Los extranjeros que ingresen a Panamá, bajo la visa de turista, podrán solicitar el cambio de categoría migratoria, para lo cual deberán solicitar una extensión de hasta sesenta (60) días adicionales para completar la documentación, siempre que dicha solicitud de extensión cumpla con los requisitos establecidos por los reglamentos. VER LAS DIFERENTES VISAS Y REQUISITOS EN ESTA CATEGORÍA 2- VISAS DE RESIDENTE TEMPORAL EN PANAMÁLa Visa de Residente Temporal se aplica al extranjero o a sus dependientes que quieran ingresar a Panamá por razones laborales, de políticas especiales, de educación, de cultura, religiosas, humanitarias y de reagrupación familiar, entre otras subcategorías, por un período de hasta seis (6) años, salvo en aquellos casos en que las leyes especiales y los convenios internacionales establezcan otros períodos. VER LAS DIFERENTES VISAS Y REQUISITOS EN ESTA CATEGORÍA 3- VISAS DE RESIDENTES PERMANENTES EN PANAMÁLa Visa de Residente Permanente se aplica al extranjero o a sus dependientes que quieran permanecer en Panamá, luego de transcurrido el período de dos (2) años, salvo en aquellos casos en que las leyes especiales y los convenios internacionales establezcan otros períodos. VER LAS DIFERENTES VISAS Y REQUISITOS EN ESTA CATEGORÍA 4- VISA DE PERSONAL DE SEDE DE EMPRESA MULTINACIONALEn esta categoría migratoria se encuentran las personas que pueden aplicar a las siguientes Visas: A. Visa para Personal Permanente de Sede de Empresa Multinacional B. Visa para Personal Temporal de Sede de Empresa Multinacional C. Beneficios CAMBIO DE CATEGORÍA DE VISAS EN PANAMÁEl nuevo régimen migratorio permite que los extranjeros no residentes puedan realizar cambios de categoría y solicitar un estatus migratorio y una visa diferente a la originaria, salvo que la categoría de visa no lo permita. Por ejemplo, los extranjeros que ingresen con visa de turista podrán solicitar el cambio de categoría y demandar una visa diferente, ya sea dentro de su tiempo de estadía como turista o dentro de la extensión de cambio de categoría. Los extranjeros que hayan cumplido el término máximo establecido en el Decreto Ley para los permisos temporales, podrán demandar un permiso de residente permanente cuando esto se encuentre permitido, aportando la documentación que se les exige para la prórroga de residente temporal, salvo en el caso de las visas por razones humanitarias, de educación y por leyes especiales. VER REGLAMENTACIÓN COMPLETA SOBRE CAMBIO DE CATEGORÍA MIGRATORIA EN PANAMÁ |
NUESTROS SERVICIOS DE TRÁMITES MIGRATORIOS Y DE VISASNuestra FIRMA DE ABOGADOS les ofrece el servicio de tramitación y solicitud de visas. Este servicio consiste en la asesoría, consejería y representación ante las autoridades migratorias del país, con el fin de obtener la visa que permita su estadía en la República de Panamá, en forma ordenada y regular. Nuestro objetivo es el de brindarle el mejor servicio posible, bajo los principios de celeridad, eficiencia y seriedad, siempre dentro de los parámetros legales y éticos que nos permite el ejercicio profesional, pues comprendemos que la petición del cliente se presenta siempre por razones justificadas.
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