Visas de Residente Permanente en Panamá

Digamos que usted está interesado en obtener una visa de residencia permanente, pero no sabe si cumple con los requisitos que estipula la ley. Para ello, definiremos lo que significa la visa de residencia permanente.

¿Qué es la visa de residencia permanente en Panamá?

La visa de residencia permanente autoriza a las personas extranjeras a vivir y trabajar de forma permanente en Panamá, por lo que toda persona extranjera interesada a obtenerlo debe realizar este trámite ante el Servicio Nacional de Migración, sustentando su solicitud en alguna de las categorías que estipula la ley.

Existen diversas categorías por la cual una persona extranjera puede aplicar para este tipo de visa: Razones Económicas y de Inversión, Razones Laborales, Razones Demográficas, Otras Políticas Especiales (Jubilados, Pensionados, etc.)

¿Cuáles son los Requisitos para obtener la Visa de Residente Permanente en Panamá?

Los Requisitos que se deben cumplir obligatoriamente para obtener Visas de Residente Permanente en Panamá son establecidos por el Servicio Nacional de Migración de la República de Panamá.  De acuerdo al tipo de Visa que usted desee obtener, los requisitos son:

VISAS DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR RAZONES ECONÓMICAS

  1. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ EN CALIDAD DE INVERSIONISTA CALIFICADO
  2. Digamos que quiere obtener una vivienda, o quiere invertir en el país. En ese caso, la categoría ideal para usted es la categoría por razones económicas. Esta categoría, contempla el Permiso de Residencia Permanente en calidad de Inversionista Calificado.

    REQUISITOS

    Los requisitos iniciales ante el Servicio Nacional de Migración para optar por esta visa son los siguientes:

    1. Poder otorgado por el interesado (notariado)
    2. Solicitud de apoderado legal
    3. Tres fotografías tamaño carnet
    4. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Por notario u otra autoridad competente)
    5. Certificado de Antecedentes Penales
    6. Certificado de salud
    7. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales
    8. Certificación emitida por la Dirección de Promoción de las Inversiones
    9. Pago al Tesoro Nacional de 5,000.00 balboas (si tiene dependientes, 1,000.00 balboas adicionales por cada dependiente)
    10. Pago al Servicio Nacional de Migración de 5,000.00 balboas (si tiene dependientes, 1,000.00 balboas adicionales por cada dependiente)

    REQUISITOS PARA LOS DEPENDIENTES

    Por cada dependiente debe aportar lo siguiente:

    1. Poder y solicitud conjunta al principal, el dependiente que sea mayor de edad
    2. Certificado que pruebe el parentesco: ya sea matrimonio o nacimiento (autenticado y traducido si no está en español)
    3. Carta de Responsabilidad Notariada
    4. Carta de Autorización en caso tal de presentar solo uno de los padres

    Si los hijos son mayores de 18 años, pero menores de 25, aportar adicional:

    1. Certificado de centro de estudios que acredite condición de estudiante tiempo completo y forma regular
    2. Declaración jurada de soltería ante notario público panameño

    FORMAS DE INVERSIÓN QUE SE DEBEN CUMPLIR

    Además, en el caso de los extranjeros que deseen acogerse a esta subcategoría, deben regirse por el Decreto Ejecutivo No. 722 del año 2020, que crea dicha subcategoría y dictamina las formas de inversión que las personas extranjeras deben realizar en Panamá para poder optar por la visa. Entre ellas encontramos:

    1. La Inversión Inmobiliaria
    2. La Inversión Inmobiliaria mediante contrato de promesa de compraventa
    3. La Inversión de Valores dentro de la República de Panamá
    4. La Inversión en un Depósito a Plazo Fijo en un banco de la localidad

    CAMBIOS RECIENTES

    El Decreto Ejecutivo No. 722 ha sufrido cambios, dado que le compete al Órgano Ejecutivo revisar los requisitos cada dos años y actualizarlos, para incentivar las inversiones en el territorio nacional. Se han hecho adecuaciones desde entonces, mediante el Decreto Ejecutivo No. 109 de 2022 y el Decreto Ejecutivo No. 193 de 2024. Nos enfocaremos en este último, dado que es la actualización más reciente en materia de directrices para la obtención de esta visa.

    Los cambios que el Órgano Ejecutivo adoptó para este año son los siguientes:

    1. Anteriormente el solicitante, para demostrar la finalidad de establecer su residencia conforme a la Subcategoría de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado, debía realizar una inversión mínima USD 500,000.00, proveniente de fuente extranjera, ya sea a título personal o mediante persona jurídica (siempre que el solicitante fuere el beneficiario final).

      Ahora el solicitante necesita realizar una inversión mínima de USD 300,000.00, con los mismos requisitos descritos anteriormente.

    2. Las formas de inversión a llevarse a cabo por el solicitante y su monto mínimo, para obtener el Permiso de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado, quedan de la siguiente forma:
      1. Por razón de inversión inmobiliaria (compra de bien inmueble libre de gravámenes): El monto mínimo antes era de 500,000.00 balboas. Ahora el monto mínimo es de USD 300,000.00.

        En caso de que la suma líquida sea superior a 300,000.00 balboas, el solicitante puede financiar el remanente mediante un préstamo hipotecario con un banco local.

        CERTIFICACIÓN: Se debe aportar certificación de Registro Público donde se acredite la titularidad del bien inmueble y certificación de la Autoridad Nacional de Titulación de Tierras (ANATI) que acredite el valor del inmueble.

      2. Por razón de inversión inmobiliaria mediante contrato de promesa de compraventa: El monto mínimo antes era de 500,000.00 balboas. Ahora el monto mínimo es de USD 300,000.00 y debe ser realizado por medio de alguna de las siguientes formas:
        • Depósito de fideicomiso manejado por un banco o una fiduciaria con licencia para operar en la República de Panamá.

          REQUISITOS: Se debe aportar copia autenticada ante notario público del contrato de promesa de compraventa del bien o bienes inmuebles y original o copia autenticada ante notario público del contrato de fideicomiso, en donde se debe establecer que la totalidad de la suma dada en fideicomiso se desembolsará para el pago de las obligaciones que asume el fideicomitente con motivo de la promesa de compraventa celebrada con la empresa inmobiliaria.

        • Pago al promotor o promitente vendedor del cien por ciento (100%) del valor del bien inmueble que aún no haya sido construido ni que haya sido segregado en el Registro Público de Panamá.

          REQUISITOS: Se debe aportar copia autenticada ante notario público del contrato de promesa de compraventa del bien o bienes inmuebles y la garantía bancaria de cumplimiento a favor del inversionista constituido por el promotor o promitente vendedor, cumpliendo con las siguientes condiciones:

          • Debe cubrir el valor mínimo de la inversión realizada por el inversionista para adquirir el bien inmueble.
          • Debe mantenerse vigente hasta que el bien inmueble esté construido, segregado y debidamente inscrito en Registro Público y debe renovarse y presentarse cada año hasta finalizar el proyecto o la inscripción en Registro Público.
          • Debe ser presentada anualmente ante el Ministerio de Comercio e Industrias como requisito para recibir la Certificación Anual de Inversión.
          • No se permite la cesión de derechos derivados del contrato de promesa de compraventa sin notificar previamente al Ministerio de Comercio e Industrias.
          • Esta podrá ser ejecutada por el inversionista en caso de que el promotor o promitente vendedor no cumpla con los plazos de construcción, segregación y registro del bien inmueble.

          Si la promesa de compraventa no se puede inscribir al Registro Público, y usted desea mantener su solicitud para obtener la visa de residencia permanente, tiene la opción de sustituir la inversión por otra promesa de compraventa o por cualquiera de las demás formas de inversión.

      3. Por razón de inversión en valores: Se mantiene el monto mínimo de 500,000.00 balboas de una o más inversiones a través de una Casa de Valores en títulos valores de emisores, cuyo negocio incida en territorio nacional, a través de la Bolsa de Valores de Panamá y cuyo compromiso se mantenga por cinco (5) años desde el perfeccionamiento de dicha inversión.

        REQUISITOS: Certificación emitida por la casa de valores con licencia aprobada por la Superintendencia de Mercado de Valores, donde se describe nombre, monto y detalle de los títulos valores que mantiene, así como la entidad custodia de dichos títulos valores y copia autenticada de resolución que concede licencia a la casa de valores y certificación de la Superintendencia de Mercado de Valores en relación con registro de los títulos valores.

      4. Por razón de inversión en Depósito a Plazo Fijo en Sector Bancario: Se mantiene el monto mínimo de 750,000.00 balboas en inversión por apertura de depósito a plazo fijo en cualquier banco que tenga licencia general autorizada para operar en territorio nacional y con un término mínimo de cinco (5) años para dicha inversión.

        REQUISITOS: Copia autenticada por el banco emisor del certificado de depósito a plazo fijo, indicando el titular, valor y plazo del documento y certificación del banco que haga constar la existencia del depósito o el titular, valor, plazo, que el mismo se encuentre fuera de gravámenes y que los fondos provienen de fuente extranjera.

    3. Cualquiera de las formas de inversión que sea realizada a título personal o por medio de persona jurídica, en calidad de copropietario o cotitular, permitirá a la Dirección Nacional de Promoción de la Inversión emitir certificación de dicha inversión, siempre que se cumpla con los requisitos anteriormente mencionados y que los copropietarios o cotitulares sean entre cónyuges o dependientes y que entre ellos ostenten ser los beneficiarios finales de la persona jurídica que realiza dicha inversión.

    4. Las personas extranjeras que iniciaron la solicitud de Permiso Provisional de Permanencia en calidad de Solvencia Económica Propia por Inversión en Bienes Inmuebles desde el año 2020, pueden solicitar el cambio de su estatus migratorio a la subcategoría de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado por Inversión en Bienes Inmuebles, siempre que cumplan con lo siguiente:
      1. Aportación de 5,000.00 balboas a favor del Tesoro Nacional y 5,000.00 balboas a favor del Servicio Nacional de Migración; si incluye dependientes, por cada dependiente se debe aportar 1,000.00 balboas a favor del Tesoro Nacional y 1,000.00 balboas a favor del Servicio Nacional de Migración
      2. Documentación bancaria, financiera o legal idónea donde demuestre que el solicitante realizó la inversión y que los fondos provienen del extranjero, junto con la documentación de respaldo de dicha información, que pueden ser:
        • Carta de un banco local o extranjero que acredite el envío o recibo de los fondos en Panamá (si es de un banco extranjero, debe estar legalizada mediante Embajada o Cónsul de Panamá en dicho país donde se expide la carta o apostillado conforme al Convenio de La Haya).
        • Estado de cuenta del banco extranjero, debidamente legalizado, o de un banco local, autenticados mediante sellos del banco emisor, que demuestre el envío de los fondos.
        • Carta notariada, emitida por el receptor de los fondos, o certificación bancaria original, que confirme el depósito o recibo de la transferencia, certificando que los fondos para la inversión fueron transferidos desde una cuenta en el extranjero.
  3. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR RAZONES DE INVERSIONISTA DE LA MACRO-EMPRESA (PPT-IME)
  4. Podrá solicitar este permiso el extranjero que desee invertir en una empresa, cuyo capital social mínimo es de B/.160,000.00 por solicitante, siendo éstos accionistas y dignatarios de la misma empresa. Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Certificado de Registro Público que acredite la razón social de la empresa, la condición de director o dignatario, el representante legal o apoderado; el capital social de la empresa (mínimo B/.160,000.00); tipo de acciones (deben ser nominativas).
    10. Certificación del Secretario o Tesorero de la empresa, donde se acredite la titularidad de las acciones emitidas a favor del solicitante y que las mismas se encuentran debidamente liberadas y pagadas (acciones por valor mínimo de B/.160,000.00). La certificación debe ser firmada ante notario y no debe ser suscrita por el propio interesado.
    11. Copia de las páginas pertinentes del Libro de Acciones de la empresa y de las acciones emitidas a favor del solicitante.
    12. Certificación del Contador Público Autorizado (CPA) de la empresa que acredite la titularidad de las acciones del extranjero solicitante y que las mismas se encuentran liberadas y pagadas (las acciones por valor mínimo de B/.160,000.00) y detalle las actividades de la empresa.
    13. Declaración del solicitante ante notario público sobre: monto del capital invertido, cantidad de acciones que posee, actividad de la empresa.
    14. Recibo de Pago adelantado del impuesto de ganancias de capital y copia del contrato de compraventa de acciones (sólo en caso de que el solicitante haya adquirido las acciones de un tercero de una sociedad ya existente).
    15. Copia de la declaración de rentas de la empresa con su paz y salvo (en la declaración de rentas sección de patrimonio, línea de acciones debe estar registrado el pago del total de las acciones que debe ser mínimo B/.160,000.00 por solicitante).
    16. En caso de empresas de reciente constitución, aportar constancia de pago de tasa única e inscripción del RUC.
    17. Copia autenticada por la CSS de la planilla, con un mínimo de cinco (5) panameños por solicitante.
    18. Paz y salvo de la CSS vigente.
    19. Aviso de Operación.

    PRUEBA DE INVERSIÓN

    Podrá ser probada mediante la aportación de tres (3) de los siguientes documentos:
    1. Certificación bancaria de transferencia de los fondos (obligatorio).
    2. Comprobante de pago adelantado del impuesto de ganancias de capital por la transferencia de acciones y copia del contrato de compraventa de las mismas (solo en casos de venta de acciones de sociedades ya existentes).
    3. Copia del comprobante de depósito por la suma invertida a favor de la empresa, autenticada por el banco.
    4. Contrato de compraventa del local donde opera la empresa.
    5. Estados Financieros auditados.
    6. Documento emitido por una entidad bancaria en el que haga constar que los fondos que invierte el solicitante, provienen del exterior.
    7. Facturas comerciales de los gastos incurridos por el inversionista en la empresa, acompañado de inventario detallado por CPA (aportar documento que acredite la idoneidad del CPA).
    8. Liquidaciones de aduanas de bienes importados a nombre de la empresa.
    9. Cualquier otro documentos que pueda probar el capital invertido en la empresa.

    PRUEBA DE EXISTENCIA Y UBICACIÓN DE LA EMPRESA EN PANAMÁ

    Podrá ser probada mediante la aportación de tres (3) de los siguientes documentos:
    1. Contrato de arrendamiento del local comercial donde opere la sede de la empresa u oficina.
    2. Última facturación de servicios públicos (agua, luz o teléfono).
    3. Comprobante de pago de impuesto de ITBMS.
    4. Comprobante de tasas al Municipio.

    EN CASO DE DEPENDIENTES

    1. Carta de responsabilidad.
    2. Constancia de parentesco.
    3. Prueba de domicilio.
    4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

    PERMANENCIA DEFINITIVA POR RAZONES DE INVERSIONISTA DE LA MACRO-EMPRESA (PRP-IME)

    Para Solicitar la Permanencia se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques.

    Adicionalmente deberá aportar:

    1. Paz y Salvo Nacional de Rentas de la empresa y del solicitante.
    2. Copia de la declaración de rentas de la empresa con su respectivo recibo de pago. En la declaración de rentas sección de patrimonio, línea de acciones debe estar registrado el pago del total de las acciones que debe ser mínimo B/.160,000.00 del solicitante).
    3. Copia de la Planilla 03 presentada al Ministerio de Economía y Finanzas.
    4. Paz y salvo de la CSS a favor de la empresa vigente.
  1. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR RAZONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA POR APERTURA DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO (PPT-SEP-DPF)
  2. Podrá solicitar este permiso el extranjero que invierta la suma mínima de trescientos mil balboas (300,000.00) en bienes de depósito a plazo fijo y que demuestre que los fondos provienen del extranjero. Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Certificación bancaria de que ha aperturado una cuenta de depósito a plazo fijo a nombre del solicitante, por el monto de trescientos mil balboas (B/.300,000.00) o su equivalente en moneda extranjera y con una duración mínima de tres (3) años, en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional. Este plazo fijo debe estar libre de gravamen.
    10. Copia del certificado a plazo fijo autenticada por el banco.

    EN CASO DE DEPENDIENTES

    1. Carta de responsabilidad.
    2. Constancia de parentesco.
    3. Prueba de domicilio.
    4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

    PERMANENCIA DEFINITIVA POR RAZONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA POR APERTURA DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO (PRP-SEP-DPF)

    Para Solicitar la Permanencia Definitiva se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques.

  3. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR RAZONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA POR INVERSIÓN EN BIENES INMUEBLES (PPT-SEP-IBM)
  4. Podrá solicitar este permiso el extranjero que invierta la suma mínima de trescientos mil balboas (300,000.00) en bienes inmuebles y demuestre que los fondos provienen del extranjero. Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Autoridad correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Certificación del Registro Público que compruebe la propiedad de los bienes inmuebles, a título personal del solicitante con un valor mínimo de trescientos mil (B/. 300.000.00). La certificación debe indicar que la finca está libre de gravámenes.

    EN CASO DE DEPENDIENTES

    1. Carta de responsabilidad.
    2. Constancia de parentesco.
    3. Prueba de domicilio.
    4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

    EXCEPCIONES A LA REGLA

    1. Cuando los inmuebles estén a nombre de una fundación de interés privado, el extranjero podrá solicitar este permiso siempre y cuando demuestre que el fundador y él o sus dependientes sean los beneficiarios. El certificado de Registro Público deberá mostrar la designación de fundador y beneficiario.
    2. En el caso de que el solicitante acredite que ha pagado la suma líquida de trescientos mil balboas (B/.300,000.00) en un bien inmueble y éste sea de un valor superior a lo requerido, podrá financiar el remanente a través de préstamos hipotecarios de un banco local.
    3. Podrán considerarse las solicitudes de permiso de residente permanente en calidad de solvencia económica propia, de aquellos extranjeros que hayan invertido en bienes raíces en el territorio nacional, una suma mínima de doscientos mil balboas (200,000.00) y menor de trescientos mil balboas (300,000.00), y que por razones de fuerza mayor o caso fortuito no hayan podido sustentar la titularidad del bien antes de la entrada en vigencia de este reglamento.
    4. Esta última excepción deberá comprobarse con el pago a través de transferencia bancaria a la inmobiliaria en concepto de abono del inmueble y copia autenticada del contrato de promesa de compraventa.

    PERMANENCIA DEFINITIVA POR RAZONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA POR INVERSIÓN EN BIENES INMUEBLES (PRP-SEP-IBM)

    Para Solicitar la Permanencia Definitiva se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques.

  5. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR RAZONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA POR INVERSIÓN MIXTA: DEPÓSITO A PLAZO FIJO Y BIENES INMUEBLES (PPT-SEP-IM)
  6. Podrá solicitar este permiso el extranjero que invierta la suma mínima de trescientos mil balboas (300,000.00) en bienes inmuebles o plazo fijo; o combinación de ambos y demuestre que los fondos provienen del extranjero. Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Certificación del Registro Público que compruebe la propiedad de los bienes inmuebles, a título personal del solicitante con un valor mínimo de trescientos mil (B/ 300.000.00). La certificación debe indicar que la finca está libre de gravámenes.
    10. Certificación bancaria de que ha aperturado una cuenta de depósito a plazo fijo a nombre del solicitante, por el monto de trescientos mil balboas (B/300,000.00) o su equivalente en moneda extranjera y con una duración mínima de tres (3) años, en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional. Este plazo fijo debe estar libre de gravamen.
    11. Copia del certificado a plazo fijo autenticada por el banco.

    EN CASO DE DEPENDIENTES

    1. Carta de responsabilidad.
    2. Constancia de parentesco.
    3. Prueba de domicilio.
    4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

    EXCEPCIONES A LA REGLA

    1. Cuando los inmuebles estén a nombre de una fundación de interés privado, el extranjero podrá solicitar este permiso siempre y cuando demuestre que el fundador y él o sus dependientes sean los beneficiarios. El certificado de Registro Público deberá mostrar la designación de fundador y beneficiario.
    2. Podrán considerarse las solicitudes de permiso de residente permanente en calidad de solvencia económica propia, de aquellos extranjeros que hayan invertido en bienes raíces en el territorio nacional, una suma mínima de doscientos mil balboas (200,000.00) y menor de trescientos mil balboas (300,000.00), y que por razones de fuerza mayor o caso fortuito no hayan podido sustentar la titularidad del bien antes de la entrada en vigencia de este reglamento.
    3. Esta última excepción deberá comprobarse con el pago a través de transferencia bancaria a la inmobiliaria en concepto de abono del inmueble y copia autenticada del contrato de promesa de compraventa.

    PERMANENCIA DEFINITIVA POR RAZONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA POR INVERSIÓN MIXTA: DEPÓSITO A PLAZO FIJO Y BIENES INMUEBLES (PRP-SEP-IM)

    Para Solicitar la Permanencia Definitiva se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques

    Adicionalmente deberá aportar:

    1. Paz y Salvo Nacional de Rentas a favor del solicitante.

VISAS DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR POLÍTICAS ESPECIALES

  1. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ COMO RENTISTA RETIRADO (PPT-RR)
  2. Podrá solicitar este permiso el extranjero que ingrese al territorio nacional y acredite devengar una renta mensual de ochocientos cincuenta balboas (850.00), que provenga exclusivamente de intereses producto de depósito a plazo fijo en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorro, y cuyo intereses devengados producto de éste depósito, estén libre de gravamen o garantías de cualquier naturaleza, por un período mínimo de cinco (5) años, el incumplimiento de los términos fijados en la Ley 9 de 24 de junio de 1987 y su reglamento, ocasionará la pérdida de los incentivos y derechos otorgados.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    7. Certificación Bancaria del Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros, que acredite el monto del plazo fijo, el interés que genera, la duración del mismo y que se encuentra libre de gravámenes.
    8. Copia autenticada por el banco del certificado del plazo fijo.

    EN CASO DE DEPENDIENTES

    1. Carta de responsabilidad.
    2. Constancia de parentesco.
    3. Prueba de domicilio.
    4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

    PRÓRROGA

    Este Permiso se otorgará por un período de cinco (5) años, el cual se podrá Prorrogar por igual término, para lo cual el extranjero deberá aportar los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales.
  3. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ COMO JUBILADO PENSIONADO (PPT-JP)
  4. Podrá solicitar este permiso el Extranjero que reciben jubilación o pensión por parte de gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada, que ingresen al territorio nacional para radicarse en él y cuenta con suficientes medios económicos para sufragar todos su gastos de subsistencia y los de sus dependientes en el país. La renta o pensión mensual no podrá ser inferior a mil balboas (B/.1,000.00) y debe estar concedida en forma vitalicia.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario).
    4. Certificado de Antecedentes Penales o declaración jurada ante Notario.
    5. Certificado de Salud.
    6. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    7. Certificación de su condición de jubilado o pensionado por gobierno extranjeros, organismos internacionales o empresas privadas, en la que se acredite que recibe una pensión vitalicia no inferior a mil balboas (B/. 1,000.00) mensuales o su equivalente en moneda extranjera.

    JUBILACIÓN PROVENIENTE DE EMPRESA PRIVADA

    Si la jubilación o pensión proviene de una empresa privada deberá adicionarse lo siguiente:
    1. Carta de una empresa extranjera de administración de pensiones, de fideicomiso, de fondos mutuos, de seguros o de banca, que certifique que administra fondos para la empresa o el solicitante.
    2. Certificación de existencia y vigencia de la empresa, que otorga la pensión y administra el fondo.
    3. Copia de comprobante de pago o estado de cuenta del banco.

    EXCEPCIONES A LA REGLA

    La certificación que demuestre la condición de jubilado o pensionado podrá ser de setecientos cincuenta balboas (B/. 750.00) en los casos que:
    1. El solicitante ha adquirido una propiedad a título personal en el territorio nacional por una suma superior a los cien mil balboas (B/.100,000.00)

    NOTAS

    1. En los casos de los cónyuges se podrá optar por acreditar las sumas de ambos para cumplir con el mínimo de la pensión establecida que es de mil balboas (B/.1,000.00)
    2. En los casos de hijos dependientes, su permiso será temporal hasta que cumplan veinticinco (25) años siempre y cuando prueben que realizan estudios completos, no obstante no tendrán derecho a la permanencia ni a la condición de pensionado. A excepción de aquellos hijos dependientes que sufran una discapacidad profunda comprobada.
  5. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR RAZONES DE INVERSIÓN FORESTAL (PPT-FOR)
  6. Podrá solicitar este permiso el extranjero que a título personal haya invertido la suma mínima de B/.80,000.00 en actividades de reforestación o plantación forestal autorizadas por la ANAM, con un mínimo de cinco (5) hectáreas de inversión. Este Permiso será por término de dos (2) años, luego de transcurrido este período el solicitante podrá optar por la residencia permanente. Para incluir dependiente debe adicionar la inversión de B/.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Certificación del Contador Público Autorizado (CPA) en la cual se detalle la suma total invertida de manera directa y que el capital es del inversionista (El Contador deberá aportar copia de su cédula e idoneidad).
    10. Copia Autenticada del Certificado de Acciones expedida a favor del Inversionista Forestal.
    11. Copia de la Declaración de Rentas de la empresa, donde aparezca el capital invertido. Si aún no ha transcurrido un período fiscal desde la fundación de la empresa podrá aportar copia de la constancia de la inscripción de RUC y copia de recibo de la tasa única.
    12. Copia de la Resolución expedida por la Autoridad Nacional del Ambiente de Panamá, del registro forestal.
    13. Certificado original de la inscripción de la empresa y de la sociedad en el Registro Público.
    14. Declaración Jurada del Secretario o Tesorero de la empresa, donde acredite la titularidad de las acciones nominativas emitidas a favor del solicitante, debidamente liberadas y pagadas y el monto del capital social pagado.

    PRUEBA DE INVERSIÓN

    Prueba de la Inversión realizada en forma directa en actividad forestal, por un mínimo de B/.80,000.00 la cual podrá demostrarse con documentos tales como:
    1. Certificación Bancaria de los fondos o del pago (obligatorio).
    2. Estados Financieros Auditados.
    3. Facturas Comerciales de compras y ventas.
    4. Documentos o comprobantes de importación de mercancías.

    PERMANENCIA DEFINITIVA POR RAZONES DE INVERSIÓN FORESTAL (PRP-FOR)

    Para Solicitar la Permanencia se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques. Adicionalmente deberá aportar:
    1. Paz y Salvo Nacional de Rentas del Solicitante.
    2. Facturas u otros documentos que demuestre desembolsos efectuados en el último año para el proyecto de reforestación o certificación de la empresa que está llevando a cabo el plan de mantenimiento de que el contrato sigue vigente.
  7. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR RAZONES DE INVERSIONISTA DEL ÁREA ECONÓMICA ESPECIAL PANAMÁ PACÍFICO
  8. REQUISITOS

    1. Solicitud y Poder adjunto B/. 8.00 (ocho balboas) timbres nacionales
    2. Tres (3) fotografías tamaño carné
    3. Copia del pasaporte debidamente cotejada por notario público panameño
    4. Certificado de antecedentes penales autenticado por su país de origen y legalizado
    5. Certificado de salud expedido por un profesional
    6. Pago de los B/.250.00 (doscientos balboas) a favor del Tesoro Nacional a favor del interesado
    7. Pago de B/.800.00 (ochocientos balboas)a favor del Servicio Nacional de Migración, en concepto de depósito de repatriación
    8. Declaración Jurada de antecedentes personales
    9. Original y copia notariada de la certificación del Registro Público
    10. Fiel copia de la resolución de Mitradel
    11. Certificado del tesoro o secretario de la empresa donde se acredite la titularidad de las acciones normativas a favor del extranjero, y que se encuentran liberadas y pagadas
    12. Certificación emitidas por el Contador Público de la empresa del Área Panamá Pacifico en la que se detalla la suma total invertida en la empresa por el solicitante y que el capital es propio
    13. Copia de los certificados de acciones emitidos a favor del solicitante
    14. Paz y salvo de rentas a favor del interesado
    15. Copia autenticada de la planilla de la CSS de la empresa con un mínimo de tres (3) empleados panameños, devengando por lo menos salario mínimo establecido por la ley de acuerdo a la región
    16. Paz y salvo de la CSS si la empresa tiene más de dos meses de estar operando
    17. Carta bancaria en la que se haga constar que los fondos que invierte el extranjero solicitante, provienen del exterior
    18. Copia de la Resolución de la inscripción de la empresa en el Registro de Empresa del Área Panamá Pacifico

    CERTIFICADO ORIGINAL EXPEDIDO POR LA AAEEPP QUE ACREDITE:

    1. La existencia de la empresa y su ubicación
    2. Que se encuentre paz y salvo original con la agencia
    3. Que la empresa se encuentre autorizada bajo el régimen especial establecido en la ley No. 41 del 2004

    PRUEBA DE INVERSIÓN, LA QUE SE DEMOSTRARÁ MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE POR LO MENOS DOS (2) DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

    1. Copia del contrato de compraventa debidamente registrado o contrato de arrendamiento del inmueble en donde la empresa opera o tiene sede.
    2. Liquidación de aduanas de bienes importados a nombre de la empresa o del inversionista
    3. Facturas comerciales de gastos por el inversionista, acompañado de inventario detallado por Contador Público Autorizado

    PERMANENCIA DEFINITIVA POR RAZONES DE INVERSIONISTA DEL ÁREA ECONÓMICA ESPECIAL PANAMÁ PACÍFICO

    Para solicitar Permanencia Definitiva, además de los requisitos descritos, adjuntar Paz y Salvo Nacional de Renta de la empresa y del solicitante.

    NOTA

    Aportar cédula y carné de idoneidad del CPA debidamente autenticado
  1. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ PARA TRABAJADORES DEL ÁREA PANAMÁ PACÍFICO OTORGADA AL PERSONAL DENTRO DEL 10% DE LOS TRABAJADORES ORDINARIOS DE UNA EMPRESA, DEL DESARROLLADOR U OPERADOR
  2. REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (adjunto B/. 8.00 (ocho balboas) timbres nacionales).
    2. Tres foto tamaño carné (rostro descubierto).
    3. Copia del pasaporte, cotejada por notario público panameño.
    4. Certificado de antecedentes penales apostillados y legalizados por su país de origen.
    5. Certificado de salud expedido por un profesional idóneo con validez de 3 meses a la presentación de la solicitud.
    6. Pago de B/.250.00 (doscientos cincuenta balboas) a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por una categoría migratoria.
    7. Pago de B/.800.00 (ochocientos balboas) al Servicio Nacional de Migración, en concepto de depósito de Repatriación. Exceptos de pago los menores de 12 años.
    8. Declaración jurada de antecedentes personales.
    9. Permiso de trabajo, contrato de trabajo debidamente registrado por MITRADEL y copia notariada de carné de trabajo.
    10. Carta de responsabilidad de la empresa, que acredite el cargo y servicios que presta el solicitante, firmada por su representante legal.
    11. Certificado original expedido por la Agenia Económica Especial Panamá Pacífico, que certifique que la empresa se encuentra registrada.
    12. Paz y salvo original expedido por la Agencia Económica Especial Panamá Pacífico.
    13. Comprobante de afiliación a la CSS y copia del carné notariada.
    14. Original o copia notariada de la certificación del Registro Público.
    15. Fiel copia de la resolución de MITRADEL.

    EN CASO DE DEPENDIENTES

    1. Carta de responsabilidad.
    2. Certificado de matrimonio y certificado de nacimiento legalizado, acompañado de 4 timbres de B/.1.00 (un balboa)

    PRÓRROGA

    Para solicitar prórroga se deberá aportar:
    1. Certificación de la CSS que acredite el pago de las nueve (9) cuotas consecutivas.
    2. Paz y salvo nacional del solicitante.
  3. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ PARA INVERSIONISTA EN ZONAS PROCESADORAS PARA LA EXPORTACIÓN (PPT-IZOP)
  4. Podrá solicitar este permiso el extranjero que compruebe haber invertido la suma mínima de doscientos cincuenta mil balboas (B/250,000.00) y demuestre que los fondos provienen del extranjero, en una empresa debidamente autorizada, como promotora y operadora de una Zona Procesadora para la Exportación o en empresas establecidas dentro de éstas áreas, según la Ley 25 de 1992.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
      • Apoderado Legal (copia de idoneidad y cédula).
      • Pasante (copia de su cédula y autorización por el apoderado legal).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte completo (Notario o Autoridad Correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque certificado por B/. 250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque certificado por B/. 800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Certificación expedida por la Dirección Nacional de Promoción de las Exportaciones del Ministerio de Comercio e Industrias que demuestre la inversión.
    10. Certificación expedida por el promotor acreditando la necesidad del permiso conforme al estudio presentado por esta empresa.
    11. Carta bancaria donde se especifique la procedencia de los fondos.

    PERMANENCIA DEFINITIVA PARA INVERSIONISTA EN ZONAS PROCESADORAS PARA LA EXPORTACIÓN (PRP-IZOP)

    Para solicitar la Permanencia Definitiva se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques. Adicionalmente deberá aportar:

    1. Paz y Salvo Nacional de Renta a favor de la empresa y del solicitante

    NOTA

    Todo documento procedente del extranjero debe cumplir con loS requisitos de legalidad (apostillado)
  5. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ PARA INVERSIONISTA DE CENTROS DE LLAMADAS PARA USO COMERCIAL (CALL CENTER) PARA LA EXPORTACIÓN (PPT-ICALL)
  6. Podrá solicitar este permiso el extranjero que invierta en empresa cuya actividad sea brindar servicio de centro de llamadas para uso comercial (Call Center) para la Exportación, según Decreto Ejecutivo 97 de 2002.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Certificación expedida por la Dirección Nacional de Promoción de las
    10. Exportaciones del Ministerio de Comercio E Industrias que demuestre la inversión.
    11. Certificación expedida por la Autoridad de los Servicios Públicos acreditando que la empresa tiene licencia y actualmente está prestando el servicio de Call Center

    PERMANENCIA DEFINITIVA PARA INVERSIONISTA DE CENTROS DE LLAMADAS PARA USO COMERCIAL (CALL CENTER) PARA LA EXPORTACIÓN (PRP-ICALL)

    Para Solicitar la Permanencia Definitiva se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques. Adicionalmente deberá aportar:

    1. Paz y Salvo Nacional de Rentas a favor de la empresa y del solicitante

VISAS DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR LEYES ESPECIALES

  1. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ POR TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LA REPÚBLICA DE ITALIA (PPT-CPI)
  2. Podrá solicitar este permiso el extranjero de nacionalidad italiana que deseen establecer su residencia indefinidamente en nuestro país.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    8. Documento que demuestre la finalidad para establecer su residencia (actividad económica o profesional a realizar).
    9. Copia del documento de identidad o carné de residencia italiano.
    10. Prueba de que el residente cuenta con la solvencia económica suficiente, la cual podrá acreditarse mediante una certificación bancaria o estado de cuenta del último mes que refleje saldo de por lo menos cuatro cifras medias.

    EN CASO DE DEPENDIENTES

    1. Carta de responsabilidad.
    2. Constancia de parentesco.
    3. Prueba de domicilio.
    4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.
  3. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ EN CALIDAD DE EXTRANJEROS NACIONALES DE PAÍSES ESPECÍFICOS QUE MANTIENEN RELACIONES AMISTOSAS, PROFESIONALES, ECONÓMICAS Y DE INVERSIÓN CON LA REPÚBLICA DE PANAMÁ (PRP-PE)
  4. REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Documento que demuestre la finalidad para establecer su residencia (actividad económica o profesional a realizar).
    10. Copia del documento de identidad o carné de su país
    11. Certificación bancaria o estado de cuenta del último mes que refleje saldo no inferior a cuatro cifras medias u otra que demuestre sus ingresos y que sea aceptable al Servicio Nacional de Migración.

    EN CASO DE DEPENDIENTES

    1. Carta de responsabilidad.
    2. Constancia de parentesco.
    3. Prueba de domicilio.
    4. Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados.

    OBSERVACIONES

    Cumplir con el Proceso de homologación o reválida ante las autoridades nacionales correspondientes; en este caso la Universidad de Panamá o la Universidad Tecnológica.
  1. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ EN CALIDAD DE EXTRANJERO PROFESIONAL (PRT-PROF)
  2. Podrá aplicar a este permiso el extranjero profesional, siempre y cuando dicha profesión no esté limitada por la Constitución de la República de Panamá o por naturalización.

    REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud firmada por el extranjero (notariado).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Aut. correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales de su país de origen o última residencia debidamente apostillada.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Copia del diploma o título universitario, licenciatura, maestría o doctorado debidamente apostillado o autenticado.
    10. Cumplir con el Proceso de homologación reválida ante las autoridades nacionales correspondientes en este caso la Universidad de Panamá o la Universidad Tecnológica.

    PERMANENCIA DEFINITIVA EN CALIDAD DE EXTRANJERO PROFESIONAL (PPRT-PROF)

    Para solicitar la permanencia se presentarán los requisitos anteriores con excepción del Certificado de Antecedentes Penales y los cheques. El solicitante adicionalmente deberá aportar:
    1. Certificación de la Caja del Seguro Social que acredite el pago de nueve (9) cuotas consecutivas, sin perjuicio de que haya cambio de empresa.
    2. Paz y Salvo Nacional del solicitante (DGI).
  3. REQUISITOS PARA PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE EN PANAMÁ EN CALIDAD DE DIPLOMÁTICO Y MIEMBROS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES DE PAÍSES QUE MANTENGAN RELACIONES DIPLOMÁTICAS AMISTOSAS CON LA REPÚBLICA DE PANAMÁ, QUIENES HAN DEJADO DE PRESTAR SERVICIOS EN SUS RESPECTIVAS POSICIONES
  4. REQUISITOS

    1. Poder y Solicitud (Notariado y con sus respectivos timbres fiscales).
    2. Tres (3) fotografías.
    3. Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notario o Autoridad correspondiente).
    4. Certificado de Antecedentes Penales.
    5. Certificado de Salud.
    6. Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
    7. Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
    8. Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
    9. Certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen o del Organismo Internacional correspondiente que lo reconozca como diplomático miembro o Servidor de un Organismo Internacional, para prestar sus servicios en la República de Panamá, por un período no menor de cuatro (4) años.
    10. Demostrar que sus labores diplomáticas en la República de Panamá, hayan merecido reconocimientos especiales del gobierno panameño.
    11. Demostrar que hayan cumplido con estudios superiores a nivel universitario o su equivalente en cualquier disciplina del conocimiento humano.
    12. Carta de reconocimiento y recomendación del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá.
    13. Carta de responsabilidad y certificación que compruebe el parentesco, en caso de tener dependientes.